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3 Cards in this Set

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Tercerías de dominio

Tercero reclama el levantamiento del embargo sobre un bien de su propiedad. Debe fundarse antes de la entrega de los bienes embargados. Fijate si es bien inmueble o mueble. Consentida/ejecutoriada la orden de venta de loa bienes se suspenderá el procedimiento principal salvo bienes que gastan/desvalorizan. Podrá obtener levantamiento del embargo dando garantía responder por crédito y costas.

Tercerías de mejor derecho

Es la pretensión de 3° a el pago preferencial de un crédito con respecto producido venta del bien embargado.


Debe deducirse antes de que se pague al acreedor.


Se podrán vender los bienes pero se suspende el pago hasta que se decida sobre su preferencia salvo que constituya fianza.


Tercerista será parte de las actuaciones sobre remate de los bienes.

Disposiciones comunes

Se tiene que probar con instrumentos fehacientes o en forma sumaria, la verosimilitud derecho en que se funda, o se prestare fianza para responder por perjuicios.


La admisibilidad de la tercería será con respecto a la verosimilitud derecho. Desestimada no será admisible su reiteración si se funda en un título poseído y conocido al tiempo de entablar primera pretensión.


Las tercerías se sustanciará frente a las partes del proceso (litisconsorsio pasivo necesario) por el trámite sumario u ordinario según juez. (Solución recurrible).


Deducida la tercería podrá pedir amplia/mejora/medidas precautorias necesarias.


Si hay connivencia entre tercerista y embargado se ordena remisión a justicia penal, se puede detener y también imponer sanciones disciplinarias.


Puede pedirse levantamiento sin tercería, acompañando el título de dominio o información sobre posesión. Del pedido se dará traslado a embargante. Si acepta es recurrible. Si la niega el 3° puede deducir tercería.