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68 Cards in this Set

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Concepto de contrato

Acuerdo de voluntades dirigido a crear, modificar, extinguir obligaciones de dar, hacer o no hacer.

Contrato mercantil

A través del tráfico mercantil se produce la circulación de valores patrimoniales.

El vehícluo jurídico mediante el cual se produce esta ciruclación son...

Los contratos, considerados mercantiles por tener como objeto un "acto de comercio".

Régimen jurídico de los contratos mercantiles

  • Se rigen por:
  • El código de comercio ("Ccom")
  • Leyes especiales en materia mercantil

En los casos en los que el régimen jurídico no esté previsto en los anteriores...

En las reglas generales de los contratos y obligaciones del Código Civil ("Cc")

Anteproyecto de código mercantil

  • Contratos electrónicos
  • Contratos financieros mercantiles

El anteproyecto del código mercantil...

Recopila e integra en un único texto toda la legislación mercantil, el cual consta de más de 1900 artículos dividido en 7 libros.

Clases de contratos en general

  • Unilaterales y bilaterales
  • Onerosos y Gratuitos
  • Reales

Contrato unilateral

Implica obligaciones solo para una parte

Contrato bilateral

Origina derechos y obligaciones para ambas partes

Contrato oneroso

Impone derechos y obligaciones recíprocas

Tipos de contratos onerosos

  • Conmutativos
  • Aleatorios

Conmutativos

Los derechos y obligaciones son ciertos y conocidos desde la celebración del contrato, momento a partir del cual podrá determinarse la cuantía de las prestaciones.

Aleatorios

Los derechos y obligaciones dependen de una condición o término. La cuantía de las prestaciones no puede determinarse de una forma exacta hasta que se realice la condición o término.

Contratos gratuitos

Los derechos corresponden a una de las partes y las obligaciones a otra.

Contratos reales

Se constituyen para la entrega de la cosa. Mientras no exista dicha entrega, solo existirá un contrato preliminar o promesa de contrato.

Clases de contratos mercantiles

  • Contratos relacionados con el mercado de bienes y productos (Comercio minorista)
  • Contratos relacionados con el mercado de servicios
  • Contratos relacionados con el mercado de riesgo


  • Contratos relacionados con el mercado de bienes y productos (Comercio minorista)
  • Intermediación en la circulación de bienes
  • El más conocido es el contrato de compraventa
  • Figuras como la Comisión y la Mediación han sito utilizadas por los comerciantes para facilitar su actividad de cambio con terceros
  • Se desarrolla a través del fenómeno de distribución comercial
  • Contrato de concesión (concesión y franquicia)

Contratos relacionados con el mercado de servicios

Son los referidos al mercado de valores y mercado de crédito

El contrato tipo...

Es el llamado contrato de ejecución de obra o contrato de obra por empresa y no está regulado en nuestro Ccom

Mercado de valores

Mercado con una tipología propia que exige unas garantías de funcionamiento que han de hacerse efectivas.

Las garantías de funcionamiento del mercado de valores...

  • Se hacen efectivas mediante
  • El control de "productos negociados" (valores)
  • La vigilancia y ordenación de las operaciones

Mercado de crédito

Se actúa a través de Entidades de Crédito

Las Entidades de Crédito

Realizan una actividad de intermediación en la circulación del dinero entre oferentes y demandantes

El contrato tipo del mercado de crédito es...

Contrato de préstamo

¿Qué es el riesgo?

Es la posibilidad de un daño o de una pérdida que afecta a los bienes, al patrimonio o a la vida de las personas.

¿Cómo se cubre el riesgo?

Surge el contrato de seguro, que tiene cada vez manifestaciones más especialidzadas

El contrato de seguro...

Es el instrumento jurídico de una empresa de seguros que opera sobre grandes masas de contratos operando de una forma personalizada y rentable.

Elementos y requisitos del contrato (necesarios para la validez)

1. Consentimiento


2. Objeto


3. Causa

CONSENTIMIENTO

Es el acuerdo de voluntades y el núcleo esencial del contrato.

Requisitos de consentimiento

1. Dos sujetos que actúen como partes contratantes


2. Capacidad de obrar


3. Consentimiento de forma libre y consciente

1. Dos sujetos que actúen como partes contratantes

La "autocontratación" es nula en pleno derecho.

2. Capacidad de obrar

Legal (menos los menores e incapacitados)

3. Consentimiento de forma libre y consciente

Cuando se existen vicios de consentimiento (error, dolo, violencia o intimidación)

OBJETO

Las obligaciones que nacen del contrato podrán recaer sobre toda clase de prestaciones (bienes o servicios)

El objeto ha de ser:

  1. Posible
  2. Lícito
  3. Determinado

Posible

Se permite en general que el objeto trate de cosas futuras siempre que puedan llegar a existir

Lícito

Debe tratar de un bien o servicio que no esté fuera del comercio de los hombres y no sea contrario a la ley ni a las buenas constumbres

Determinado o determinable

Arreglo a criterios objetivos y sin necesidad de que medie un nuevo acuerdo entre partes.

Causa

Fin esencial y común a ambas partes por el cual estas celebran un determinado contrato y que justifica la tutela que el ordenamiento le otorga al mismo

La causa debe ser

  • Existente
  • Lícita
  • Verdadera

Causa verdadera

  • Absoluta
  • Relativa

Absoluta

El contrato simulado no encumbre ningún otro contrato

Relativa

Encubre un contrato distinto, que se denomina "contrato simulado"

Forma

  • Medio a través del cual se exterioriza el consentimiento de las partes.
  • Libertad de forma : como regla general, los contratos son válidos y obligan a su cumplimiento sea cual sea la forma que se haya observado para su celebración

Excepciones al principio general de forma

  • "Forma ad solemnitatem"
  • "Forma ad probationem"
  • "Forma ad solemnitatem"

En ocasiones la Ley configura una forma determinada como requisito esencial para la validez de un determinado contrato. (p.ej., la escritura pública notarial para las capitulaciones matrimoniales).

  • "Forma ad probationem"

Se prevé la posibilidad de que cualquiera de las partes pueda exigir a la otra el otorgamiento de una determinada forma, sin que esta sea requisito para su validez


La formación del contrato

  • Los tratos preliminares, la responsabilidad contractual
  • La perfección del contrato. Oferta y aceptación
  • El momento y lugar de perfección del contrato
  • El precontrato
  • Los tratos preliminares, la responsabilidad contractual

La celebración efectiva del contrato viene precedida de una fase de negociación durante la cual las partes realizan los "tratos preliminares"

Responsabilidad contractual

Ambas partes estarán obligadas a comportarse con arreglo a las exigencias de la buena fe durante esta fase, quedando obligadas a indemnizar por los daños ocasionados en caso de actuar de forma contraria a esta

La perfección del contrato

Se perfecciona a partir del momento en el que se produce consentimiento a través de:


  • Oferta
  • Aceptación

Oferta

Una de las partes manifiesta a la otra que tiene voluntad firme y definitiva de obligarse en determinadas condiciones

Aceptación

Declaración por la que el destinatario de la oferta manifiesta su voluntad firme y definitiva de obligarse frente al oferente. Debe ser pura y simple, coincidente en todos los términos de la oferta.

El momento y lugar de perfección del contrato

Problema: "Contratacion entre ausentes": contratante y oferente se encuentran en lugares distintos y transcurre un periodo de tiempo prolongado entre la formulación de la oferta y la aceptación.

"Contratación entre ausentes"

  • Determinación del momento
  • Determinación del lugar

Determinación del momento

Momento exacto en el que se considera perfeccionado el contrato. Se entiende que hay consentimiento desde que se manifiesta la aceptación

Determinación del lugar

Importante a efectos de determinar cual será el derecho aplicable y los tribunales competentes.


El contrato entre ausentes se presumirá celebrado en el lugar donde se hizo la oferta (menos en contratación electónica)

Precontrato

Contrato por el una o ambas partes, se obliga, de forma gratuita o a cambio del pago de una prima, a celebrar otro contrato (contrato principal o definitivo), en el caso de que la otra parte así lo exija, dentro del plazo y en las condiciones pactadas en el precontrato

Concepto de contratación electrónica

Aquellos contratos que se realizan mediante la utilización de algún elemento electrónico cuando dicho elemento tiene o puede tener una incidencia real y directa sobre la voluntad o sobre el desarrollo o la interpretación futura del contrato

Reconocimiento y validez I:

Si la regulación entre ausentes está regulada como en nuestro Ccom se puede utilizar la telemática como forma de manifestar la voluntad contractual

Reconocimiento y validez II:

Está vinculado a la exigencia de una serie de garantías imprescindibles, que se refieren a la legibilidad de los mensajes y su imputabilidad al sujeto emisor, así como su autenticidad, integridad y recepción por el destinatario

Cosas a tener en cuenta:

  • En el ámbito internacional
  • En el ámbito del derecho Europeo
  • Nuestro derecho
  • En el ámbito internacional

Ley Modelo de la Comisión de naciones Unitas para el Derecho Mercante Internacional sobre el comercio elecrónico

  • En el ámbito del derecho Europeo

Directiva 2000/31/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2000, relativa a determinados aspectos jurídicos de los servicios de la sociedad de la información, en particular el comercio electrónico en el mercado interior (“Directiva sobre comercio electrónico”)

  • Nuestro derecho
  • Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y del Comercio Electrónico (“LSSICE”), cuyo objeto es la incorporación a nuestro Derecho de la citada Directiva
  • Códigos Civil y de Comercio
  • Restantes normas civiles o mercantiles sobre contratos, en especial, las normas de protección de los consumidores y usuarios, y las de ordenación de la actividad comercial

Principios generales de la contratación electrónica

  • Producirá todos los efectos previsitos por el ordenamiento jurídico cuando concurran el consentimiento y los demás requisitos necesarios para su validez
  • No será necesario el previo acuerdo de las partes.
  • La información que se contenga en un soporte electrónico tendrá la misma consideración que si constara por escrito

Los contratos, negocios o actos jurídicos en los que la Ley determina para su validez o para la producción de determinados efectos la forma documental pública o que requieran por ley la intervención de órganos jurisdiccionales, Notarios, Registradores de la propiedad y mercantiles o autoridades públicas...

se regirán por su legislación específica