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33 Cards in this Set

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¿Qué pueden adquirir y contraer las Personas?

Puede adquirir derechos y contraer obligaciones.

¿Qué tipos de personas hay?

•Personas Físicas.


•Personas Jurídicas.

Persona Física

•Individuo con existencia real y material (tangible).


•Tiene la capacidad para ejercer sus derechos y contraer obligaciones dentro del marco de la ley y la constitución.

Se ve, que obtiene y que lo delimita.

¿Desde cuándo somos persona física?

•Desde el primer latido del corazón en el seno materno.

TucTuc TucTuc

¿Qué condiciones tiene que haber para heredar un bien?

La persona tiene que nacer vivo.


•No importa si después muere, porque para la ley existió.

¿Cuál es el fin de la existencia de la Persona Física?

•Muerte natural (biológica).


•Muerte civil: condenados y religiosos (pierden los derechos patrimoniales y políticos).

¿Qué otros casos hay de muerte civil?

•A partir de la ausencia con presunción de fallecimiento hay 3 casos diferentes:


1er caso: la desaparición de alguien, a los 3 años se considera muerta.


2do caso: desaparecido en una catástrofe natural o guerra, a los 2 años se considera muerta.


▪3er caso: los accidentes de avión o en barco, a los 6 meses se considera muerta.

3 casos, unos de 3, otros de 2 y un de 6

Condiciones para considerar a una persona como desaparecido

•Desaparece del domicilio.


•No se reciben noticias de dicha persona.


•Sentencia judicial que decrete ausencia (denuncia de la desaparición).

¿Qué es la Capacidad?

•El la aptitud de las personas físicas de adquirir derechos y contraer obligaciones.

Tipos de capacidad

•Capacidad de Hecho.


Capacidad de Derecho.

Hay 2 tipos

Capacidad de Derecho

•Cuando un goza o disfruta de un derecho ya adquirido.


•Ejemplo: derecho a la vida.

Capacidad de Hecho

•Surge de haber realizado alguna acción para adquirir derechos.


•Ejemplo: derecho al trabajo (hay que salir a buscarlo).

Clasificación de las personas físicas según la capacidad

1ro: personas por nacer.


•2do: menores impúbres (nacimiento a 14 años).


•3ro: menores adultos (14 a 18 años)


•4to: mayores (+18)

4 grupos

Clasificación de las personas físicas según la Incapacidad

Grupo 1. Absoluta de hecho: son los casos de aquellas personas que en ningún momento pueden ejercer los derechos por sí solos.


Personas sin nacer.


▪Menores impúbres.


▪Dementes.


▪Sordo-Mudo que no puede hacerse entender por escrito.



Grupo 2. Por Inhabilitación: aquellas que ponen en peligro la administración de sus bienes.


Los ebrios y adictos a estupefacientes.


Los disminuidos en sus facultades mentales.


Los hijos pródigos (gastan sin medida su herencia).



Grupo 3: Relativa de hecho. Es el caso de los que sólo pueden ejercer algunos derechos.


Menores adultos. Ejmplo: sólo pueden trabajar en determinados espacios o votar sólo en las nacionales.



•Grupo 4: Relativa de derecho. Tienen prohibido adquirir algunos derechos.


Los tutores respecto de sus representados.


▪Los jueces y abogados respecto a los bienes de los juicios que actuan.

Herramientas para terminar Incapacidad

Emancipación:


▪fin de Incapacidad de los menores de edad.


▪Desde los 14 en adelante.


▪Por lo general se hace para los padres poner los bienes en nombre de los menores.


▪Ambos padres biológicos lo tienen que firmar.



Patria Potestad:


▪Derechos y obligaciones que administran los padres o tutor.


▪Desde el nacimiento.


▪Los padres los ceden en la emancipación.



•Tutor: responsable a cargo del menor. Hay distintos tipos de tutela:


▪Legítimo: por ley se necesita de un tutor. Ejemplo: Se mueren los padres.


▪Testamentaria: se designa persona en el testamento.


▪Dativa: el juez asigna un tutor. Ejemplo: los huérfanos.



•Cuaratela: representa a personas adultas incapacitadas.

Atributos de Persona Física

Capacidad.


Estado civil.


Nombre. Sólo se puede cambiar con un juez.


Domicilio. Hay 2:


El real/legal (doc).


Especial (Ej: lugar de trabajo).


Patrimonio. Lo que posee una persona:


Activo: bienes y derechos.


Pasivo: deudas y obligaciones.

Son 5

Persona Jurídica

•Individuo con derechos y obligaciones que existe, pero no como persona, sino como institución que es creada por una o más personas físicas para cumplir un objetivo social que puede ser con o sin fines de lucro.


•Inicia con un contrato fundacional.


•Se termina por:


Disolución.


▪Quiebra.


Porque se terminan los bienes.

Clasificación de Personas Jurídicas

•Personas Juridicas Públicas.


Personas Jurídicas Privadas.

Son 2

Personas Jurídicas Públicas

•Estado nacional, provincial, municipal.


Entes Autárquicos: parecen vinculados pero son independientes al Estado.


•Ejemplo: Iglesia Católica.

Personas Jurídicas Privadas

•Las sociedades son con fin de lucro.


•Sin fin de lucro:


▪Asociaciones.


▪ONG.


▪Mutuales.


▪Cooperativas.

Hechos Jurídicos


¿Qué es y cómo se clasifica?

Es cualquier hecho o cosa que pasa.


•Hay 3 clasificaciones:


1)Natural: provocado por la naturaleza.


Humano: por acción del hombre.


▪Mixto. Ejemplo: deforestación produce inundación.



2)▪Lícito: dentro de la ley.


▪Ilícito: fuera de la ley.



3) Involuntario.


▪Voluntario: se convierte en acto jurídico (intención clara).

3 clasificaciones

Actos Jurídicos


¿Qué es y cómo se clasifica?

•Son aquellas acciones o actos realizados desde la voluntad.


•Forman parte de los Hechos Jurídicos (voluntarios).


•Para clasificar con Acto y realizado desde la voluntad se tienen que dar sí o sí estas 3 cosas:


▪Disertimiento: tener la capacidad de diferenciar que está bien y que está mal.


▪Intención: esperar que algo pase.


▪Libertad: realizar el acto sin ninguna obligación o manipulación de trasfondo.



•Para ser un A.J ilícito tiene que cumplir por lo menos 1 de estas condiciones:


Voluntario.


▪En contra de la Ley.


▪Provocar un daño.


▪Haber un Autor Material (alguien que se pueda identificar).



•A su vez los Actos Jurídicos Ilícitos se clasifican en:


▪Dolo: Sí hay intención de dañar (se convierte en Delito).


▪Culpa: Sin intención y puede ir presa (se convierte en Cuasidelito).


Ej: vuela bandeja del balcón.

Elementos esenciales para que existan los A.J Lícitos

Sujeto (persona).


Objeto (meterial o una persona).


Forma: Instrumento que une al objeto a la persona. Ejemplo: contrato.

Elementos Extras (A.J.L)


Accidentales

•Condiciones


•Plazos


•Cargo económico (no siempre existe)

Vicios de la voluntad

•Error: se tiene un idea falsa de algo (ignorancia). Ejemplo: contrato de trabajo.


•Dolo: 1 de las partes quiere perjudicar o engañar. Ejemplos: hacen de cuenta que chocan.


•Violencia: se ejerce para lograr un acto. La persona no actúa en libertad. Ejemplos: amenazas, manipulación.


¿Qué cosas anulan los vicios de los Actos Jurídicos?

Se anulan cuando hay:


Fraude: intención de engañar. Ejemplo: persona deudora trata de comprar un auto a través del engaño o inventando historias.


▪Lesión: 1 de las partes se aprovecha de la otra, cuando la otra no entiende lo que hace. Ejemplo: persona le paga a alguien pobre para poner a su nombre un bien.


▪Simulación: Se aparenta un acto. Ejemplo: casamientos por nacionalidad o por bienes.

¿Qué es un Contrato?

•Es cuando 2 o más personas se ponen de acuerdo por una declaración de voluntad común, destinada a reglar sus derechos.

Características de los contratos

Bilateral.


•Entre vivos (no en memoria a...)


Patrimonial.


•Voluntario.

Son 4

Elementos esenciales de los contratos

•Capacidad (tiene que figurar el nombre de las personas que tienen capacidad).


•Consentimiento (manifestación de voluntad).


•Objeto (cosas o hechos que deben realizarse en ese contrato).

Tipos de contratos

•Compraventa


Cuando una de las partes se obliga a transferir la propiedad de una cosa a otra parte a cambio de un precio en dinero.


▪Incapacidad de hecho: no pueden comprar ni vender las personas por nacer, sordomudos que no sepan hacerse entender por escrito, menores de edad y los condenados a prisión (+ de 3 años).


▪Incapacidad de derecho: no podrán entre: los esposo entre sí, los tutores y curadores respecto a los bienes de sus representados, los empleados públicos respecto a los bienes del Estado y los religiosos repecto a los bienes de sus congregaciones.


▪Obligaciones del comprador: recibir la cosa adquirida, pagar el precio y pagar los gastos de esa cosa adquirida (envios).


▪Obligaciones del vendedor: conservar la cosa hasta la entrega, entregar la cosa, recibir el precio y garantizar la legitimidad del dominio y la inexistencia de vicios o defectos de la cosa.

Tipos de contratos

•Contrato de locación: (Alquiler)


Es el contrato en que una de las partes se obliga a pagar a la otra un precio en a cambio del uso temporal de una cosa. Puede ser sobre cosas, servicios u obras.


▪Obligaciones del locador (da a alquilar): Facilitar el bien sin vicios, hacer las preparaciones necesarias y entregar el bien con todo los accesorios correspondientes.


▪Obligaciones de locatorio (inquilino): usar la cosa a su conveniencia y responsabilidad, restituir el bien al término del contrato y pagar el precio conveniente.

Tipos de contrato

•Contrato de comodato: por el cual una persona le entrega gratuitamente a otra el uso de un bien asumiendo su devolución en tiempo y forma.


•Contrato de fianza: cuando una de las partes se obliga acesoriamente por un 3ro y el acreedor de ese 3ro acepta acepta esa obligación.

Tipos de contratos

•Contrato de prenda: en el cual una persona para garantizar una deuda entrega como garantía un bien mueble (móviles).


•Contrato de hipoteca: por el cual una persona garantiza el pago de una deuda con un bien inmueble (inmóviles).


•Contrato de franquicia: por el cual la empresa autoriza a una persona a comercializar un producto o servicio a su nombre o marca. A cambio de eso el franquiciado debe pagar derechos y se hace cargo de la puesta en marcha del comercio.