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5 Cards in this Set
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Articulo del Código
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1323
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Concepto
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Habrá compraventa cuando una de las partes se obligue a transferir a la otra la propiedad de una cosa y ésta se obligue a recibirla y a pagar por ella un precio cierto en dinero
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Caracteres
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1. Bilateral
2. Consensual 3. No formal (la escritura es requisito para la transferencia del dominio) 4. Oneroso 5. Conmutativo (x excepción puede ser aleatorio). |
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Capacidad. Pcio General
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Toda persona capaz de disponer de sus bienes puede vender y toda persona capaz de obligarse puede comprar.
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Capacidad. Excepciones
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Incapaces de hecho, art. 54 y 55
Incapaces de derecho, art. 1358, 1359, 1361, 1160 |