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14 Cards in this Set

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Régimen

Será el de las fccssee, al igual que el procedimiento disciplinario.


Art 30 de ley 2/2007 de 23 marzo.

Responsabilidad disciplinaria

Ley orgánica 4/2010 20 mayo régimen disciplinario del cuerpo nacional policía

Ámbito aplicación

Funcionarios CNP en activo y en segunda actividad.


Esta responsabilidad va a parte de la civil o penal.


Obligación comunicar escrito de posibles faltas graves y muy graves al superior jerárquico.


Incurren los que induzcan y los encubrimientos en un grado inferior.

Faltas disciplinarias

Leves, graves o muy graves.

Faltas muy graves

1 incumplimiento constitucional.


2 condenado sentencia firme delito doloso admin o personas.


3 abuso hacia ciudadanos, subordinados...


4 tratos inhumanos, degradantes...


5 insubordinación.


6 abandono servicio salvo fuerza mayor.


7 publicación secretos oficiales.


8 violación secreto profesional.


9 incumplimiento normas incompatibilidad.


10 participación huelgas o similar.


11 falta colaboración otros cuerpos.


12 embriagarse o drogarse.


13 negativa a reconocimiento médico.


14 discriminación racisl, étnico, religión, discapacidad, edad u orientación sexual.


15 acoso sexual y laboral.


16 obstaculizar libertades públicas.


17 infracciones muy graves legislación videocámaras en lugares públicos.

Faltas leves

1 retraso o negligencia en cumplir orden.


2 incorrección ciudadanos o ffccss.


3 inasistencia servicio o incumplimiento jornada.


4 mal uso locales, material.


5 extravío de identificación, arma o recursos.


6 exhibición distintivos sin causa.


7 prescindir conducto reglamentario.


(Excepción actividad sindical).


8 descuido aseo y uniformidad.


9 ausencia injustificada.


10 omisión intencionada saludo a superior.


11 cualquier juego en dependencias que perjudique servicio o imagen.


12 insignias sin autorización.


13 condenado falta dolosa hacia admin.


14 graves que merezca calificación de leve.

Sanciones

Muy graves:


1 separación servicio.


2 suspenso funciones 3 meses y 1 día hasta 6 años.


3 traslado forzoso.


Graves - suspenso funciones 5 días a 3 meses.


Leves:


1 suspenso 4 días ni pérdida antigüedad ni inmovilización escalafón.


2 apercibimiento.

Traslado forzoso

No cambiar nuevo destino de 1 a 3 años.

Criterios graduación sanciones

1 intencionalidad.


2 reincidencia.


3 historial profesional.


4 incidencia sobre seguridad ciudadana.


5 perturbación admin.


6 grado afecten disciplina, jerarquía y subordinación.

Competencia sancionadora

1 separación servicio muy graves el ministro interior.


2 suspensión 3 años y 1 día a 6 años y traslado forzoso, secretario estado de seguridad.


3 suspensión funciones hasta 3 años y faltas graves el director general.


4 leves delegados gobierno, jefes centrales subdirector general.


5 competentes de una sanción también de rango inferior.

Prescripción

Muy graves - 3 años.


Graves - 2 años.


Leves - 1 mes.

Principios inspiradores procedimiento

1 legalidad.


2 impulso de oficio.


3 imparcialidad.


4 agilidad.


5 eficacia.


6 publicidad.


7 contradicción.


8 irretroactividad.


9 tipicidad.


10 responsabilidad.


11 proporcionalidad.


12 concurrencia de sanciones.


Derechos de:


1 presunción inocencia.


2 información.


3 defensa.


4 audiencia.

Anotación y cancelación

Muy graves - 3 años desde cumplir la sanción.


Graves - 1 año.


Leves - 6 meses.

Actividades prohibidas

1 actividades privadas en asuntos en los que intervengan 2 años anteriores.


2 consejos administración con actividad relacionada.


3 empresas concesionarias, contratistas.


4 participación al 10% en las anteriores.


Actividades previo reconocimiento compatibilidad en 2 meses por ministerio presidencia a propuesta subsecretario departamento.