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3 Cards in this Set

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Expediente judicial.

A través de este se exteriorizan los actos de documentación.


Es un legajo de foliatura corrida en el cual se reúnen, en forma ordenada, todas las actuaciones producidas por partes, juez, auxiliares y terceros.


Incumben a los secretarios organización y cuidado de expediente y documentos a su cargo.


Retiro expedientes.

Los expedientes podrán ser retirados de la secretaría bajo responsabilidad de los abogados, procuradores, peritos o escribanos por el término de tres días (siempre que partes no opusieran oposicion).


Juez podrá ordenar ampliación termino provisto.


Secretario confeccionará tarjetas que contendrán las menciones necesarias para individualizar expediente, que será firmada por quien retire expediente. Estas tarjetas pueden ser exhibidas a pedido de parte o oficio.

Vencimiento o pérdida.

Si hay una pérdida del expediente y es imputable a algún profesional, será pasible una multa entre el 35% del valor jus y 30 jus, sin perjuicio de su responsabilidad civil o penal.


Comprobar la pérdida del expediente juez ordenará su reconstrucción con la providencia que disponga la reconstrucción.


Si vencido el plazo no se volviese el expediente quién lo retiró será pasible de una multa del 5% del valor del jus por cada día de retardo. El secretario deberá intimar su inmediata devolución a quien lo retenga, Y si ésta no se efectuará el juez podrá mandar a secuestrar expediente con El auxilio de la fuerza pública.Si hay una pérdida del expediente y es imputable a algún profesional, será pasible una multa entre el 35% del valor jus y 30 jus, sin perjuicio de su responsabilidad civil o penal.Comprobar la pérdida del expediente juez ordenará su reconstrucción con la providencia que disponga la reconstrucción. Intimando a la parte actora para que en 5 días presente las copias de los escritos documentos y diligencias en su poder así también como la otra parte. El secretario agregará copia de todas las resoluciones correspondientes del expediente extraviado qué obren en los libros del juzgado o tribunal y las copias de los actos y licencias de las oficinas o archivos públicos. Las copias se agregaran en el expediente por orden cronológico. El juez podrá ordenar sin sustanciación ni recurso alguno de las medidas consideradas necesarias.Concluidos todos los trámites se dictará solución teniendo por reconstruido el expediente


Intimando a la parte actora para que en 5 días presente las copias de los escritos documentos y diligencias en su poder así también como la otra parte.


El secretario agregará copia de todas las resoluciones correspondientes del expediente extraviado qué obren en los libros del juzgado o tribunal y las copias de los actos y licencias de las oficinas o archivos públicos.


Las copias se agregaran en el expediente por orden cronológico.


El juez podrá ordenar sin sustanciación ni recurso alguno de las medidas consideradas necesarias.


Concluidos todos los trámites se dictará solución teniendo por reconstruido el expediente