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9 Cards in this Set

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Artículo 24

El/la Psicólogo/a debe rechazar llevar a cabola prestación de sus servicios cuando haya certezade que puedan ser mal utilizados o utilizadosen contra de los legítimos intereses de laspersonas, los grupos, las instituciones y lascomunidades.

Artículo 25

Al hacerse cargo de una intervención sobrepersonas, grupos, instituciones o comunidades,el/la Psicólogo/a ofrecerá la informaciónadecuada sobre las características esenciales dela relación establecida, los problemas que estáabordando, los objetivos que se propone y elmétodo utilizado. En caso de menores de edado legalmente incapacitados, se hará saber a suspadres o tutores.En cualquier caso, se evitará la manipulaciónde las personas y se tenderá hacia el logro desu desarrollo y autonomía.

Artículo 26

El/la Psicólogo/a debe dar por terminada su intervención y no prolongarla con ocultación oengaño tanto si se han alcanzado los objetivospropuestos, como si tras un tiempo razonableaparece que, con los medios o recursos a su disposición,es incapaz de alcanzarlos. En estecaso indicará a la persona, grupo, institución ocomunidad qué otros psicólogos o qué otrosprofesionales pueden hacerse cargo de la intervención.

Artículo 27

Por ninguna razón se restringirá la libertad deabandonar la intervención y acudir a otro psicólogoo profesional; antes bien, se favoreceráal máximo la capacidad de decisión bien informadadel cliente. El/la Psicólogo/a puedenegarse a simultanear su intervención con otradiferente realizada por otro profesional.

Artículo 28

El/la Psicólogo/a no aprovechará la situaciónde poder que pueda proporcionarle su statuspara reclamar condiciones especiales de trabajoo remuneraciones superiores a las alcanzablesen circunstancias normales.

Artículo 29

Del mismo modo, no se prestará a situacionesconfusas en las que su papel y función seanequívocos o ambiguos.

Artículo 30

El/la Psicólogo/a no se inmiscuirá en lasdiversas intervenciones iniciadas por otros psicólogos.

Artículo 31

En los casos en que los servicios del psicólogosean requeridos para asesorar y/o efectuarcampañas de publicidad comercial, política ysimilares, el/la Psicólogo/a colaborará en la salvaguardia de la veracidad de los contenidosy del respeto a las personas

Artículo 32

El/la Psicólogo/a debe tener especial cuidadoen no crear falsas expectativas que después seaincapaz de satisfacer profesionalmente